Joan edukira
Twitter
YouTube
eu

    Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa

    ÁREAS / FUNCIONES

    1. Además de las funciones genéricas de las direcciones del Departamento, a la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación correspondientes al ámbito de competencia de la Viceconsejería de Educación:
      1. Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
      2. Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de género y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevención de la violencia sexista.
      3. Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditación de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporación al sistema educativo.
      4. Impulsar el aprendizaje y la participación de todo el alumnado para que alcance el mayor y más equilibrado desarrollo personal, académico y social en un entorno inclusivo.
      5. Promover la formación de las asesorías de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusión y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar prácticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa.
      6. Fomentar y coordinar el desarrollo de programas específicos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
      7. Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
      8. Promover la interacción con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
      9. Impulsar los procesos de tránsito personalizado, así como la prevención del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
      10. Promover la detección, evaluación y respuesta temprana a las necesidades específicas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
      11. Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades específicas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
      12. Definir y establecer criterios para la planificación y provisión de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atención diferenciada en relación a los servicios complementarios.
      13. Desarrollar acciones para la compensación de desigualdades a través de planes de educación compensatoria que faciliten la incorporación socio- laboral.
    2. En las materias específicas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación dependerán funcionalmente de la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa.

    Direcciones.

    Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

    1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
    2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
    3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
    4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
    5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
    6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
    7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

    Datos de contacto

    Dirección

    Donostia-San Sebastián, 1
    01010 Vitoria-Gasteiz
    Álava
    Añadir a la libreta de direcciones
    Añadir a la libreta de direcciones
    Añadir a la libreta de direcciones

    CARGOS

    Lucia Torrealday Berrueco
    (06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusión Educativa

    ENTIDADES RELACIONADAS

    Entidades superiores

    Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa

    ÁREAS / FUNCIONES

    1. Además de las funciones genéricas de las direcciones del Departamento, a la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación correspondientes al ámbito de competencia de la Viceconsejería de Educación:
      1. Impulsar la convivencia positiva como eje vertebrador de una escuela diversa para una sociedad cohesionada.
      2. Profundizar en el desarrollo una escuela coeducativa que incluya la perspectiva de género y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde un planteamiento integral que contribuya a la prevención de la violencia sexista.
      3. Promover el acceso, permanencia, progreso y acreditación de todo el alumnado, incluyendo el de reciente incorporación al sistema educativo.
      4. Impulsar el aprendizaje y la participación de todo el alumnado para que alcance el mayor y más equilibrado desarrollo personal, académico y social en un entorno inclusivo.
      5. Promover la formación de las asesorías de etapa, de los servicios de apoyo a la inclusión y del profesorado de los centros que contribuya a desarrollar prácticas inclusivas eficaces que faciliten el desarrollo competencial de todo el alumnado con la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa.
      6. Fomentar y coordinar el desarrollo de programas específicos que den una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.
      7. Organizar y coordinar las estructuras de asesoramiento y apoyo y las y los profesionales especializados en la respuesta a la diversidad.
      8. Promover la interacción con el sistema sanitario y social para conseguir el bienestar psicosocial de todo el alumnado.
      9. Impulsar los procesos de tránsito personalizado, así como la prevención del absentismo y abandono escolar para todo el alumnado.
      10. Promover la detección, evaluación y respuesta temprana a las necesidades específicas de apoyo educativo, incluidas las del alumnado con altas capacidades.
      11. Proponer y evaluar medidas y apoyos relativos al alumnado con las necesidades específicas de apoyo educativo que promuevan el aprovechamiento integral y eficiente de los recursos.
      12. Definir y establecer criterios para la planificación y provisión de apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales que requiera atención diferenciada en relación a los servicios complementarios.
      13. Desarrollar acciones para la compensación de desigualdades a través de planes de educación compensatoria que faciliten la incorporación socio- laboral.
    2. En las materias específicas en el punto anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación dependerán funcionalmente de la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa.

    Direcciones.

    Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

    1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
    2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
    3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
    4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
    5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
    6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
    7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

    Datos de contacto

    Dirección

    Donostia-San Sebastián, 1
    01010 Vitoria-Gasteiz
    Álava
    Añadir a la libreta de direcciones
    Añadir a la libreta de direcciones
    Añadir a la libreta de direcciones

    CARGOS

    Lucia Torrealday Berrueco
    (06/03/2021 - 26/06/2024) Directora para la Diversidad e Inclusión Educativa

    ENTIDADES RELACIONADAS

    Entidades superiores