Centro de Gestión Tráfico Euskadi

Orígenes del proyecto

 

El objetivo de la movilidad sostenible obliga a asegurar una ordenación y regulación del tráfico de carácter dinámico y adaptativo, que atienda a las circunstancias singulares del estado de circulación en las vías interurbanas de la Comunidad Autónoma Vasca en todo momento.

 

El cumplimiento de este objetivo requiere realizar un seguimiento y control de las vías difícil de lograr con los actuales dispositivos de regulación del tráfico y seguridad vial. Para atajar este problema, la Dirección de Tráfico del Departamento de Interior del Gobierno Vasco desarrolló un sistema de gestión del tráfico interurbano, integrable dentro de la red transeuropea de tales Sistemas, que permita monitorizar en tiempo real la red de carreteras y adoptar medidas para regular, controlar u orientar el estado de la circulación por las vías interurbanas.

 

 

El Centro de Gestión de Tráfico de Euskadi

 

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En el marco de dicho sistema de gestión de tráfico la Dirección de Tráfico y el Departamento de Interior lanzaron el proyecto de creación del Centro de Gestión de Tráfico de Euskadi ( Decreto 87/2001, de 22 de mayo, por el que se regula el Sistema de Gestión de Tráfico Interurbano en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y se crea el Centro de Gestión de Tráfico de Euskadi ).

 

El Centro es una unidad administrativa adscrita a la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco que se encarga de la gestión de la circulación y el tráfico interurbano en la red de carreteras de Euskadi a través de los sistemas y estrategias definidos en el sistema de gestión de tráfico.

 

Como tal, el Centro tiene asignadas las siguientes funciones:

 

  • a) Supervisión, mediante monitorización en tiempo real, del estado de la circulación y el tráfico interurbano en la Comunidad Autónoma de Euskadi. 
  • b) Recogida, clasificación y análisis de los datos sobre el volumen de tráfico, la velocidad media, el nivel de servicio y, en general, todos aquellos parámetros que caractericen el tráfico, así como las variables atmosféricas y de contaminación que afecten al tráfico.
  • c) Activación de los planes de gestión de tráfico aprobados por el Director de Tráfico del Gobierno Vasco.
  • d) Detección y pronta respuesta a los incidentes de tráfico en las vías interurbanas de la red de carreteras de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • e) Adopción de las estrategias y medidas de ordenación y regulación del tráfico adecuadas en cada momento para prevenir la congestión circulatoria y garantizar su movilidad y seguridad, gestionando para ello las posibilidades técnicas que, en su caso, ofrezca el sistema de gestión de tráfico interurbano. 
  • f) Adopción de las estrategias y medidas de ordenación y regulación del tráfico e eventos especiales como la celebración de pruebas deportivas, ferias, Semana Santa, operaciones de salidas y entradas de los períodos vacacionales, etc., de conformidad con lo que dispongan los planes de gestión del tráfico previstos al efecto. 
  • g) Establecer, en cada caso, los usos y mensajes de los paneles de señalización variable.
  • h) Orientación a la ciudadanía en la conducción de sus vehículos, informándoles sobre el estado de la red viaria y el uso más eficiente de las posibilidades alternativas de circulación y desplazamiento, utilizando para ello la emisión de recomendaciones a través de los paneles de mensaje variable, o la difusión de boletines informativos a través de los medios de comunicación y las tecnologías de la información más apropiadas.
  • i) Procurar la conexión y el intercambio informativo con otros centros de gestión de tráfico urbanos y con los de otras administraciones encargadas del tráfico y la circulación vial en el entorno del corredor atlántico transeuropeo.
  • j) Poner en conocimiento de las autoridades competentes aquellos hechos de los que tengan conocimiento que pudieran constituir infracción a la normativa de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y disposiciones complementarias. 
  • k) Asegurar el cumplimiento en el ejercicio de sus funciones de la formativa referente a la protección de datos personales y al empleo de videocámaras de tráfico.
  • l) Cualesquiera otras funciones que les atribuya el Ordenamiento Jurídico vigente o le sean encomendadas por los órganos competentes.


La visión del CGTE

 

“Ser el centro de gestión del tráfico de Euskadi, informando sobre la circulación y el estado del tráfico en la red viaria vasca, reduciendo la siniestralidad en carretera, mejorando el nivel de servicio de las infraestructuras existentes, activando los planes y protocolos definidos al efecto y ofreciendo así un servicio de calidad a la ciudadanía”