Medidas especiales regulación tráfico
RESTRICCIÓN ANUAL
La Resolución de medidas especiales de tráfico se adopta en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y tiene por objeto garantizar la seguridad vial y fluidez de la circulación cuando, por el calendario de festividades de la CAPV, fines de semana, periodos coincidentes con el inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de circulación.
Entre estas medidas destaca la prohibición de circular a los vehículos de transporte de mercancías en general de más de 7.500 Kg. de masa máxima autorizada o de transporte de mercancías peligrosas que deban llevar los paneles de señalización reglamentarios conforme al ADR (Acuerdo europeo sobre transportes de mercancías peligrosas por carretera).
También se prohíbe la celebración de pruebas deportivas que discurran por la vías públicas.
Para acceder a la resolución de medidas especiales de tráfico, a las restricciones y exenciones establecidas, asi como al calendario, pulse el siguiente enlace: